Las enmiendas de socalistas y populares coinciden en reconocer la labor de estas entidades sin ánimo de lucro en los procesos de licitación o ampliación de plazos concesiones
Las enmiendas presentadas el pasado mes de noviembre a la reforma de la Ley de Puertos del Estado introducen un cambio de calado en el modelo concesional de las dársenas deportivas y abre un nuevo escenario para los clubes náuticos sin ánimo de lucro.
El bloque de propuestas, impulsado por los grupos Socialista y Popular (mayoritarios en el Parlamento) modifica artículos del régimen jurídico portuario con el objetivo de reequilibrar el peso del criterio económico en los concursos y reconocer la función social, formativa y deportiva que desempeñan estas entidades. Los clubes ven, por fin, luz al final del túnel.
Uno de los cambios más significativos afecta a los criterios de adjudicación de concesiones. Las enmiendas introducen la posibilidad de valorar de forma expresa actividades de náutica social, programas formativos y educativos sin ánimo de lucro, promoción del deporte base, medidas de responsabilidad social o las propias políticas tarifarias aplicadas a los usuarios. Este giro corrige la primacía casi exclusiva que hasta ahora tenía la oferta económica en los concursos y abre la puerta a ponderar el dividendo social de los proyectos.
La reforma propuesta en las enmiendas limita de forma directa el peso de las ofertas económicas adicionales. En aquellas concesiones que hubieran sido gestionadas previamente por asociaciones deportivas sin ánimo de lucro, no podrán valorarse como criterio de adjudicación los importes añadidos ofertados sobre las tasas portuarias. La medida, que se blinda además en dos artículos distintos del texto legal, busca evitar que operadores con mayor capacidad financiera desplacen a entidades históricas únicamente por su músculo económico.
Otro eje de la reforma se sitúa en la continuidad concesional. La modificación del régimen de otorgamiento introduce un supuesto específico que favorece la permanencia cuando el solicitante sea una asociación deportiva sin ánimo de lucro declarada de utilidad pública, haya sido titular anterior de la concesión y mantenga el uso náutico-deportivo. Sin reconocer un derecho automático de renovación, la medida se aproxima a un derecho de preferencia material en los procesos de concurrencia.
El alcance de estas enmiendas, en caso de ser aceptadas, tendría una especial importancia en territorios como Baleares, donde en los últimos años varios clubes han perdido sus concesiones en procesos marcados por el peso de las ofertas económicas. Casos como los del Club Marítimo de Mahón, el Club Náutico de Ibiza o el Club Náutico Molinar de Levante se han convertido en ejemplo de ese cambio. A ellos se suma el del Club de Vela Puerto de Andratx, si bien en este último caso dentro del ámbito competencial autonómico y no estatal.
De prosperar en su redacción actual, la reforma supondrá un ajuste histórico en el modelo de gestión portuario estatal: menor dependencia del canon, ponderación real de la náutica social y mayor seguridad jurídica para las entidades sin ánimo de lucro. En definitiva, un escenario de estabilidad por el que los clubes náuticos llevan décadas luchando, de forma muy especial en Baleares.



